ÁREAS DE ESPECIALIZACIÓN

Derecho de sociedades
El derecho de sociedades se refiere a las normas legales que regulan la creación, organización, funcionamiento y disolución de las diferentes formas jurídicas de sociedades, tanto comerciales como civiles.

De qué nos ocupamos

Asesoramiento legal y fiscal a la hora de emprender un negocio, tanto como persona física como jurídica.

En el caso de que los constituyentes y sociedades participantes sean extranjeros, nos ocupamos también de la obtención del NIE y CIF correspondientes así como de toda la documentación que sea pertinente en el caso de una sociedad no residente sin establecimiento permanente.

Constitución de sociedades de responsabilidad limitada.
Compra y venta de participaciones sociales.
Compraventa de una unidad de negocio.
Acuerdos societarios para su inscripción en el registro mercantil. Pleitos relativos a cuestiones societarias.
Gestión de patrimonios para optimizar rendimiento.
Asesoramiento a acreedores y deudores en supuestos de insolvencia.

Cómo lo gestionamos

Una vez que el cliente nos explica el tipo de actividad negocial que pretende iniciar y sus circunstancias, ya podemos asesorar sobre si conviene la constitución de una sociedad, o por el contrario es más conveniente continuar con una estructura de autónomo.

Si se opta por la vía de la sociedad, asesoramos sobre toda la documentación necesaria para la constitución de una sociedad así como las implicaciones fiscales y el gasto, tanto de constitución como de mantenimiento de dicha sociedad.

Si el cliente tiene intención de comprar un negocio ya constituido, nos ocupamos de revisar toda la documentación legal, fiscal, laboral, etc. para hacer un estudio previo sobre la viabilidad de la compra de la unidad negocial de forma que se adquiera un negocio en regla, con todas las garantías.

Preparamos el presupuesto no solo de los gastos de constitución si no también de lo que será el gasto en el futuro de las preparaciones de los trimestres de IVA, retenciones y el impuesto de sociedades con o sin llevanza de contabilidad.

En caso de que el titular del negocio vaya a ser un autónomo, nos ocupamos de su alta en hacienda y también sus declaraciones trimestrales y de IRPF anualmente.